Gobierno
Concepto.
Dijimos que en la concepción clásica el estado está compuesto por tres elementos: población, territorio y poder. Pues bien, a modo de introducción digamos que el gobierno es la organización del poder del estado. En términos Weberianos, podríamos decir que es la forma que adopta el monopolio del uso legítimo de la fuerza .
Para entender qué es el gobierno, pensemos en la realidad que nos rodea. ¿Cómo logran los gobernantes, los que ocupan los cargos del gobierno, dirigir un país? ¿Cómo alcanzan su propósito de determinar la conducta de una población de millones de personas?
Pues bien, para ello se valen de múltiples medios. Algunos son propiedad del estado, como la policía, fuerzas armadas y de seguridad, de los hospitales, de las escuelas, las obras públicas, etc. En otros casos, se traba de empresas o bienes privados, como el sistema bancario y financiero, o los medios de comunicación, sobre los cuales el estado tiene el poder de regularlos, de fijar las reglas de juego. Los gobernantes manejan estos medios, o las regulaciones sobre estos medios de manera tal que la población se comporte como el gobierno quiere.
Esa organización de medios para el ejercicio del poder, es lo que denominamos gobierno.
O más sencillamente, como dije antes, gobierno es la organización del poder del Estado.
Formas de Estado: Federal y Unitario.
La forma del estado surge de relacionar dos elementos del estado. Según cómo se organice el poder (gobierno) en el territorio la forma de estado será federal o unitaria. Un estado es federal cuando el poder está distribuido a lo largo del territorio, es decir, cuando está compuesto por un conjunto de unidades políticas autónomas, llamados Estados Federados o Provincias. Se dice que son autónomas porque se dictan su propia constitución, y eligen sus propios gobernantes locales. Es decir que en términos políticos, estas, digamos, provincias, se autogobiernan en sus cuestiones locales, en el marco de un gobierno de nivel nacional, del que a su vez forman parte.
Así, dentro de un estado Federal, siempre conviven a su vez una pluralidad de estados federados. Por ejemplo dentro del Estado Nacional Argentino, conviven a su vez veintitrés estados provinciales y el Gobierno autónomo de la Ciudad de Buenos Aires. Entonces una persona que vive, por ejemplo, en un valle en la Provincia de Catamarca, se encuentra sometida a la vez a la soberanía del Estado Nacional, y al poder local del Estado Provincial. Coexisten dos órdenes jurídicos, dos poderes, uno soberano y otro autónomo.
En cambio un estado es unitario cuando el poder está concentrado en un solo punto del territorio, desde el cual se gobierna a toda la Nación. Dentro de un estado Unitario hay una sola unidad política; y las cuestiones locales son decididas por el poder central, o por delegados elegidos por el poder central. Y los habitantes de cada zona del territorio no votan sus gobernantes locales, sino solo autoridades nacionales, que son quienes después eligen las autoridades locales.
La cuestión adquiere sentido cuando se la ve en una perspectiva histórica. Un país difícilmente decida entre unitarismo y federalismo como una cuestión abstracta. Los estados federales tienen su origen en comunidades políticas locales preexistentes, que deciden asociarse para formar una nación, pero sin perder su identidad y su poder local. Así ocurrió en nuestro país. Córdoba, Tucumán, Corrientes, Entre Ríos, etc. existían mucho antes de la Independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata. Son anteriores incluso a la propia creación del Virreynato. Cuando deciden formar un Estado Soberano, en el siglo XIX, es porque piensan que su situación va a quedar más favorecida en el marco de un estado nacional, pero no hubiera tenido ningún sentido político renunciar a su autogobierno, del que gozaban desde su fundación. Por eso decimos que para que exista federalismo, tienen que existir antes poderes locales. En cambio, cuando estos poderes locales no existen o son débiles, las tendencias centralistas ven facilitado el camino y pueden constituir autoridades nacionales que gobiernen aún contra la voluntad contraria de algunas poblaciones locales rebeldes. En Argentina, el proyecto unitario hubiera permitido una rápida conformación de un mercado nacional, y con ello hubiera acelerado la inserción de Argentina en el mercado capitalista mundial. Pero el proyecto unitario fracasó por falta de realismo, por tratar de desconocer la preexistencia de sociedades locales a las que no les hubiera convenido la conformación de tal mercado, porque implicaba una competencia ruinosa con las producciones locales.
Existen otras formas de (des)territorialización del poder. Se trata de las confederaciones de estado, más modernamente llamadas “Tratados de Integración Regional”. Son la forma jurídica de la regionalización implicada en el proceso de globalización. Sus ejemplos son el Mercosur, el Nafta y la Comunidad Europea. Consisten en Asociaciones de estados Soberanos, a la que los estados miembros le ceden algunas prerrogativas inherentes a la soberanía, como ser, la política de defensa común, la emisión de moneda, la política arancelaria y comercial entre los estados miembros, etc. En este contexto, el estado Nacional deja de ser soberano en tanto ya no es el “super amus” de otrora, pues debe reconocer una autoridad superior a la de él: la autoridad de la asociación regional. Un proceso semejante, de transferencia progresiva de competencias locales a un poder central, se dio en la formación de Estados Federales, como Argentina y EEUU. Por eso la regionalización es un proceso que recién comienza, y que de proseguir terminará diluyendo las identidades nacionales en identidades regionales.
Formas de Gobierno.
Cuando relacionamos los elementos Población y Poder del Estado, hablamos de formas de gobierno. La pregunta es ¿Cómo se distribuye el poder entre la población? ¿Cómo se organiza el poder para gobernar esa población? Y en las democracias ¿Cómo hacer para que la población mande sobre el gobierno que la va a gobernar?.
La clasificación más tradicional de las formas de gobierno es la de Aristóteles, que utilizaba dos criterios de diferenciación: el número de gobernantes, que podían ser uno, pocos o muchos, y un criterio cualitativo, los fines del gobierno, que podían ser de dos tipos: puros si el gobierno perseguían el bien de toda la comunidad, e impuros o corruptas, si perseguían el bien exclusivo de los gobernantes. Así se forma el cuadro de doble entrada que se muestra más abajo. De la combinación de estos criterios surgen seis formas de gobierno.
uno pocos muchos
Puras: bien común MONARQUIA ARISTOCRACIA REPUBLICA
Impuras: bien indiv. TIRANIA OLIGARQUIA DEMOCRACIA
Las tres formas puras son:
Monarquía: gobierno de una sola persona para el bien de toda la comunidad.
Aristocracia: Gobierno de unos pocos, los mejores, para el bien de toda la comunidad.
Politeia o República: Gobierno de todo el pueblo para el bien de la comunidad.
Las formas corruptas son:
Tiranía: Gobierno de uno solo para su propio beneficio.
Oligarquía: Gobierno de unos pocos ricos para su propia conveniencia.
Democracia o Demagogia: Gobierno de los muchos para su exclusivo bien .
De todos modos, a partir de la modernidad mucho se ha avanzado sobre el concepto de república democrática. Fue Maquiavelo quien aportó la primera innovación: es indispensable tener en cuenta si el poder está o no distribuido. Si está concentrado en una persona, hablamos de principados. Si está distribuido , pero entre no mucha gente, hablamos de aristocracia u oligarquía. Y si está distribuido en toda la comunidad, hablamos de democracia.
La segunda innovación la aportan Hobbes y Locke: debe analizarse si el poder es despótico y absoluto, o si está limitado, por ejemplo, por un pacto, una carta o una constitución.
Y la tercer gran innovación la aporta Montesquieu, según quien todo poder tiende a corromperse si no es controlado. Y para controlar al poder se requiere otro poder. Entonces propone dividir el Poder del estado en tres órganos. Así, habrá un poder legislativo que dicte las leyes generales, un poder judicial que juzgue la aplicación de la ley a casos concretos, y un poder ejecutivo que administre los medios de gobierno, también llamado gobierno en sentido estricto. De esta manera, los poderes podrán controlarse y contrapesarse entre sí, evitando así la corrupción y el despotismo.
Estas tres innovaciones en la forma de analizar las formas de Gobierno: concentración (Maquiavelo), limitación (Hobbes – Locke) y división del Poder (Montesquieu), desde fines del siglo XVIII en adelante cobran forma en constituciones escritas que hacen las veces de pacto fundacional de la comunidad política, crean el estado y consagran los derechos humanos frente a él. Es decir que las constituciones son normas superiores que se imponen por sobre el estado y los gobiernos no pueden apartarse de ellas. Este sometimiento del Estado al Derecho (Constitución) es lo que se llama Estado de Derecho. Y lo característico de los gobiernos establecidos en estas constituciones será justamente instituir la desconcentración, limitación y división del poder, con vistas a garantizar la democracia y la libertad de los ciudadanos.
Actualmente existen múltiples maneras de clasificar las formas de gobierno. La línea de separación más gruesa pasa por distinguir los gobierno democráticos de los no democráticos o autocráticos. A su vez las autocracias pueden subclasificarse en totalitarismos (si tienen una base de movilización de masas) y autoritarismos ( si se gobierna desalentando al participación de la sociedad). Pero dado el avance que han registrado los sistemas políticos a fines del siglo XX, nos parece más importante considerar las distintas formas de gobierno posibles dentro del género democrático.
Puede ocurrir que la preeminencia la tenga el parlamento, entonces hablamos de Parlamentarismo, o bien puede que el mayor poder recaiga sobre el ejecutivo, entonces hablamos de presidencialismo.
El modelo parlamentario típico, es el Inglés. Su origen histórico está en la lucha por el poder entre el Rey por un lado y las clases dominantes por el otro (la nobleza primero, y de la burguesía después) representadas las últimas en el Parlamento. Es un largo proceso histórico que lleva ya muchos siglos, a lo largo del cual el Parlamento va progresivamente ganando competencias en desmedro del poder del Rey, que termina siendo una figura simbólica. Es el parlamento quien designa de entre sus miembros una comisión encargada de la administración del país, el poder ejecutivo o gabinete. De la práctica surgió que dicho grupo parlamentario encargado del gobierno era encabezado por uno de sus ministros, a quien se denominó Primer Ministro. Es decir que en el parlamentarismo el ejecutivo está compuesto por miembros del legislativo, y es elegido por éste, no en forma directa por el pueblo. Como consecuencia de ello, el gabinete tiene responsabilidad política ante el parlamento y puede caer ante un voto de censura o ante la negativa a un voto de confianza, de la mayoría de los parlamentarios.
El modelo parlamentario comprende una separación de los cargos de Jefe de Estado y Jefe de Gobierno. El primero se personifica en el Rey, y simboliza la unidad de la soberanía de la Nación. Normalmente cumple funciones en lo referido a relaciones exteriores y suele tener facultades especiales para casos de crisis o de equilibrio de poderes, como ser disolver el parlamento, formar gobierno de emergencia, etc. El Jefe de Gobierno es el que se encarga del gobierno propiamente dicho, el que manda en concreto, y el que tiene a su cargo el mando sobre los medios organizativos del estado.
El presidencialismo en cambio tiene su origen histórico en los Estados Unidos de Norteamérica. Los Padres fundadores de EEUU – así se llama a los ideólogos de la constitución norteamericana- creían necesarios constituir una autoridad federal unificada, que de alguna manera cumpliera la función simbólica cohesionante que cumpliera la corona en las monarquías. A su vez querían apartar su designación de la lucha de camarillas propia de los parlamentos. Por esto establecieron un poder ejecutivo preeminente sobre el legislativo, elegido directamente por el pueblo, que no pudiera ser fácilmente removido por el legislativo y cuya composición fuera totalmente ajena al congreso de modo tal que ambos poderes estuvieran completamente separados. Así se estableció la figura del presidente, que aúna en su persona la jefatura del gobierno y del estado. Este modelo fue copiado por la mayoría de los regímenes latinoamericanos, Argentina entre ellos.
Por último existen formas mixtas. Son los denominados Semi-presidencialismo y semi-parlamentarismo. En estos sistemas coexisten dentro del ejecutivo un jefe de estado con un Jefe de Gobierno. El Presidente o Jefe de Estado es elegido directamente por el pueblo y tiene un poder efectivo además de simbólico. Normalmente se encarga de las relaciones internacionales, de la política de seguridad exterior, y posee poderes de reserva para casos de emergencia o crisis. A su lado la Jefatura de Gobierno es encarnada por un primer ministro o jefe de gabinete, de origen parlamentario, responsable ante el parlamento. En estos regímenes, dado que las elecciones y los mandatos parlamentarios no coinciden los presidenciales, suele ocurrir que el presidente sea de un partido y el gabinete y el parlamento de otro. Es lo que se denomina cohabitación. Un ejemplo de esta forma mixta es el caso de Francia.
Finalmente corresponde mencionar el Gobierno de Asamblea. La asamblea de diputados de la Nación asume en su seno tanto el poder ejecutivo como el legislativo. Es una figura utilizada en períodos de excepción, normalmente revolucionarios, con un alto grado de movilización social, por lo que dicha asamblea más que un órgano del Estado, suele atribuirse un verdadero poder constituyente. Es que un poder semejante no se condice con la idea de una constitución superior que lo limite. Por tal razón los gobierno de asamblea han sido el cauce de gobiernos que aunque populares en su legitimación, resultaron autoritarios en su acción (Ej.: El gobierno de Robespierre en la Francia Revolucionaria, el Soviet Supremo de la URSS, etc.)
Raúl Alvarez. 5.2.00